Apelada la sentencia, por la entidad Edil demandada, la Sala Social y Administrativa de la
Apelada la sentencia, por la entidad Edil demandada, la Sala Social y Administrativa de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz, emitió el auto de vista Nº 460 de 15 de octubre de 2004 de fs. 75-76, por el que se revoca la sentencia de fs. 58-60 y, deliberando en el fondo, declara improbada la demanda de fs. 9 y probada la excepción de incompetencia de fs. 19, sin costas
- AUTO SUPREMO Nº 555 - Social Sucre, 28 de octubre de 2008
- CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso laboral, la Jueza Segundo del Trabajo y Seguridad Social
- Apelada la sentencia, por la entidad Edil demandada, la Sala Social y Administrativa de la
- Dicho fallo motivó el recurso de casación de fs
- CONSIDERANDO II: Que, con carácter previo a analizar los fundamentos del recurso, se debe recordar
- En ese entendido, previa revisión minuciosa de los documentos cursantes de fs
- En consecuencia, de lo precedentemente expresado, se establece que el actor no está sujeto a
- III
- IV
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Primera de la Corte Suprema de Justicia de
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Dr. Jaime Ampuero García
- Sucre, 28 de octubre de 2008
- Proveído: Ricardo Medina Stephens.- Secretario de Cámara.
