Auto Supremo AS/0560/2008
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0560/2008

Fecha: 30-Oct-2008

Estas conclusiones del Ad quem, continúa, carecen de sustento legal, incurriendo en interpretación errónea del


Estas conclusiones del Ad quem, continúa, carecen de sustento legal, incurriendo en interpretación errónea del art. 120 de la Ley General del Trabajo y 163 de su Reglamento, que disponen que las acciones y derechos provenientes de esta Ley se extinguen en el término de 2 años de haber nacido, que nace el derecho cuando es exigible, a diferencia del Procedimiento Civil, en el Laboral basta las constantes reclamaciones y la interposición de la demanda que, en el caso, habiendo el actor cesado en sus actividades laborales el 31 de agosto de 1998, fue interpuesta el 29 de agosto de 2000, fs. 4, interrumpiéndose la prescripción de manera oportuna