Auto Supremo AS/0567/2008
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0567/2008

Fecha: 20-Nov-2008

Consiguientemente, el Tribunal de segundo grado, al confirmar la resolución de la A quo, no


Consiguientemente, el Tribunal de segundo grado, al confirmar la resolución de la A quo, no vulneró norma legal alguna de modo que sea posible la casación impetrada, por lo que corresponde resolver el mismo conforme a lo dispuesto en los Arts. 273 del Código de Procedimiento Civil, por mandato del Art. 297 del Código Tributario