Que, de los antecedentes que cursan en obrados se puede advertir que, la conducta de
Que, de los antecedentes que cursan en obrados se puede advertir que, la conducta de los procesados denota inasistencia reiterada a las audiencias de confesión (fojas 187, 188, 190, 213 y 214), la inasistencia de los abogados defensores a las audiencias de debates; actitud que se repitió respecto a las audiencias de conclusiones (fojas 375, 479, 492, 516, 518, 524, 526 y 528), inasistencias que en definitiva se traducen en hechos que constituyen parámetros objetivos y verificables que impidieron la conclusión del proceso en un plazo razonable y que son dilaciones provocadas por los procesados
- VISTOS: El requerimiento fiscal de 18 de octubre de 2004 cursante a fojas 574 a
- Que, el Ministerio Público requirió por la no extinción de la acción penal a favor
- CONSIDERANDO: Que, la extinción de la acción penal por su naturaleza jurídica, constituye una cuestión
- Consiguientemente, del razonamiento esbozado es lógico inferir que no es suficiente considerar el tiempo transcurrido
- Que, de los antecedentes que cursan en obrados se puede advertir que, la conducta de
- POR TANTO: La Sala Penal Primera de la Corte Suprema de Justicia, en ejercicio de
- Regístrese y hágase saber
- Dr. Ángel Irusta Pérez
- Libro Tomas de Razón 1/2008
