De la revisión del recurso, se colige que el recurrente no ha cumplido con los
De la revisión del recurso, se colige que el recurrente no ha cumplido con los requisitos enumerados en el art. 258 inc. 2) del Código de Procedimiento Civil, porque no señala si recurre de casación en el fondo o en la forma, limitándose a hacer un resumen de las acciones realizadas por la empresa, como ser la negociación de materia prima con Sudamericana de Fibras del Peru y esperar producir nuevamente en 40 días, salir al mercado con sus productos y honrar las obligaciones pendientes de pago con instituciones como la coactivante, distrayéndose además en situaciones no claras y precisas, concluyendo se case o anule el auto de vista recurrido, circunstancia que implicaría que el recurso es contradictorio, por solicitar la casación del auto de vista y a la vez la nulidad
- AUTO SUPREMO Nº 617 - Coactivo Social Sucre, 11 de diciembre de 2008
- PARTES: Caja Nacional de Salud c/ Hilanderías Bolivianas "HILBO" S.A
- CONSIDERANDO I: Que presentada la demanda coactiva social de fs
- CONSIDERANDO II:Que conforme ha establecido la amplia jurisprudencia del tribunal supremo, el recurso de casación
- De la revisión del recurso, se colige que el recurrente no ha cumplido con los
- La doctrina y jurisprudencia nacional han establecido que el recurso de casación en el fondo
- En ese marco legal, el recurso interpuesto es insuficiente, contradictorio e injustificable, por cuanto Félix
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Primera de la Corte Suprema de Justicia de
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Dr. Jaime Ampuero García
- Sucre, 11 de diciembre de 2008
- Proveído: Ricardo Medina Stephens.- Secretario de Cámara.
