Auto Supremo AS/0632/2008
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0632/2008

Fecha: 19-Dic-2008

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2.- En lo que corresponde a la infracción del art. 59 del anterior Código Tributario, atribuido al tribunal de apelación, este Tribunal encuentra fundado el motivo recursivo por cuanto, conforme bien advierte el recurrente, el sujeto pasivo, el 9 de abril de 1990, canceló los impuestos correspondientes a otras ventas y servicios en la suma de Bs. 735.-, conforme también certifica la literal de fs. 101, omitiendo sin embargo los accesorios de ley; aspecto que no fue advertido por el tribunal de apelación, incurriendo en la infracción acusada, por lo que corresponde enmendarse en esta instancia