Auto Supremo AS/0633/2008
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0633/2008

Fecha: 23-Dic-2008

POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Primera de la Corte Suprema de Justicia de


POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Primera de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, en ejercicio de la facultad y atribución que le confiere el Art. 60-4) de la Ley de Organización Judicial, declara ILEGAL el recurso de compulsa de fs. 18-21, con costas y multa a favor del Tesoro Judicial, de acuerdo a la previsión del art. 296 del Código de Procedimiento Civil, las que serán calificadas por el Tribunal de alzada, con sujeción al Arancel vigente aprobado por el Consejo de la Judicatura