En grado de apelación, deducida a Fs
En grado de apelación, deducida a Fs. 140-141 por la coactivada Mary Ortuste de Gamarra, por auto de vista Nº 52/2002 de 9 de octubre de 2002 (fs. 148) se anula el auto de concesión del recurso, cursante a fs. 143 de obrados, por no corresponder en derecho y dispone la ejecución del respectivo pliego de cargo. Contra dicha resolución, la coactivada interpone el recurso de casación en la forma y en el fondo de fs. 151-153
- AUTO SUPREMO Nº 035 - Coactivo Fiscal Sucre, 07 de febrero de 2008
- CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso coactivo fiscal, basado en el Dictamen de Responsabilidad Civil
- En grado de apelación, deducida a Fs
- Por otro lado, la fundamentación misma es contradictoria, pues al mismo tiempo que afirma que
- Finalmente, la recurrente se limita a referir una serie de dispocisiones legales y comentarlas, incumpliendo
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Primera de la Corte Suprema de Justicia de
- No se regula honorario profesional de abogado por no haber sido respondido el recurso
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Dra. Beatriz Sandoval de Capobianco
- Proveído: Ricardo Medina Stephens.- Secretario de Cámara.
