POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia de
POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, con la atribución contenida en el art. 60 inc. 1) de la L.O.J., de acuerdo con el dictamen fiscal de fs. 148-149, CASA el Auto de Vista Nº 218/06 de 6 de octubre de 2006, cursante a fs. 135 y, deliberando en el fondo, declara improbada la demanda de fs. 4, manteniendo firme y subsistente la Resolución Determinativa Nº 000471 de 21 de septiembre 1994, cursante de fs. 25-27
- DISTRITO: La Paz PROCESO: C. Tributario
- PARTES: Raúl Palazuelos Suárez c/ Servicio de Impuestos Nacionales Distrital La Paz
- MINISTRO RELATOR: Dr.Hugo R. Suárez Calbimonte
- CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso, cumpliendo la nulidad determinada por Auto de Vista Nº
- En grado de apelación, formulada por el Gerente Distrital I La Paz del Servicio de
- a) Que se violaron los arts
- b) Se violaron los arts
- c) Se violó el art
- d) Se vulneraron los arts
- Concluyó pidiendo que se case el fallo emitido y se declare improbada la demanda y
- CONSIDERANDO II: Que, así planteado el recurso, analizando si lo denunciado es evidente o no,
- Por lo anotado, se establece que el tribunal ad quem a tiempo de emitir el
- II
- Es cierto que se ha advertido que se incurrió en violación de las normas alegadas
- IV
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia de
- Sin multa por ser excusable
- Para resolución, según convocatoria de fs 150, interviene el Ministro Presidente de la Sala Social
- Relator:Ministro Dr. Hugo R. Suárez Calbimonte
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado: Dr.Hugo R. Suárez Calbimonte
- Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Proveído: Ma. del Rosario Vilar G
- Secretaria de Cámara de la Sala Social y Adm. II.
