Apelada la resolución a fs
Apelada la resolución a fs. 177 por el Director Legal de la entidad coactivante, la Sala Social y Administrativa Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, por auto de vista Nº 208/01 de 20 de agosto de 2001, cursante a fs. 194, de acuerdo con el dictamen fiscal de fs. 188, confirma en todas sus partes la resolución recurrida, sin costas en aplicación del art. 39 de la Ley Nº 1178
- AUTO SUPREMO Nº 048 - Coactivo Fiscal Sucre, 18 de febrero de 2008
- CONSIDERANDO I: Que la resolución Nº 26/97 de fs
- Apelada la resolución a fs
- Auto de vista del que Yacimientos Petrolíferos Fiscales Bolivianos, interpone recurso de casación, que se
- CONSIDERANDO II: Que, así interpuesto el recurso, corresponde su análisis y consideración en base a
- Que, el Tribunal de alzada no obstante de realizar dicha consideración, confirma el auto de
- Consiguientemente corresponde dar aplicación a lo establecido en el art
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Primera de la Corte Suprema de Justicia de
- Para resolución, según convocatoria de fs
- El Sr
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Dra. Beatriz Sandoval de Capobianco
- Proveído: Ricardo Medina Stephens.- Secretario de Cámara.
