Auto Supremo AS/0090/2008
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0090/2008

Fecha: 20-Feb-2008

A consecuencia de esta decisión, el imputado interpuso recurso de casación a fs


A consecuencia de esta decisión, el imputado interpuso recurso de casación a fs. 251-259, que fue admitido mediante Auto Supremo de 4 de octubre de 2007, en el que denunció:

1.- Que el auto de vista no cumple con lo exigido por el art. 124.5) del Código de Procedimiento Penal, porque su fundamento es insuficiente, irrisorio, anémico, incoherente, no convincente y lacónico; que el tribunal de apelación no realizó un estudio minucioso del expediente puesto que no consideró que los Bs. 5.000.- que canceló en cumplimiento de la medida cautelar que le impuso el juez de control de garantías en otro proceso penal iniciado a instancias de Zenón Rojas Céspedes, no era a título personal, sino en su condición de Presidente del Directorio de la Asociación de Comerciantes y Servicios del Mercado Alto San Pedro, cuyos miembros expresaron su autorización para la disposición de dicho dinero y que ahora, luego de haber surgido divergencias al interior del mismo, instauraron el presente proceso penal a manera de vendeta y para desprestigiarlo