La indicada resolución fue apelada por los imputados Alfredo Agenor Zambrana Burgoa y Lucila Esperanza
La indicada resolución fue apelada por los imputados Alfredo Agenor Zambrana Burgoa y Lucila Esperanza Guarachi Céspedes de Zambrana mediante recurso de 31 de agosto de 2005 de fs. 84 a 88, y resuelta por Auto de Vista Nº 386 de 28 de mayo de 2007 de fs. 149 a 151, declarando improcedente el recurso interpuesto y confirmando la sentencia apelada. Contra esta resolución superior se formuló el recurso de casación antes detallado, cuya admisión ahora se analiza
- PARTES: Judith Sara Sánchez Salas contra Alfredo Agenor Zambrana Burgoa y Lucila Esperanza Guarachi Céspedes
- CONSIDERANDO: Que, la Juez Cuarto de Sentencia de la ciudad de La Paz, mediante Sentencia
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- CONSIDERANDO: Que, los imputados Alfredo Agenor Zambrana Burgoa y Lucila Esperanza Guarachi Céspedes de Zambrana
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- CONSIDERANDO: Que, en el contexto establecido precedentemente, luego de la revisión del contenido del recurso
- Sin embargo de lo expuesto, si bien es evidente que para la procedencia del recurso
- POR TANTO: La Sala Penal Primera de la Corte Suprema de Justicia, en sujeción de
- Regístrese y hágase saber
- Dr. Julio Ortiz Linares
- Cámara de la Sala Penal Primera
- Libro Tomas de Razón 1/2.008
