Auto Supremo AS/0123/2008
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0123/2008

Fecha: 29-Feb-2008

CONSIDERANDO: Que del examen del recurso interpuesto por Víctor Rodríguez Vidal por sí y en


Concluye, solicitando se case el auto recurrido y declare probada la demanda incoada, calificando la responsabilidad civil en favor del recurrente en la suma de dólares norteamericanos 40.000.-

CONSIDERANDO: Que del examen del recurso interpuesto por Víctor Rodríguez Vidal por sí y en representación de su hermana Juana Rodríguez Vidal, se tiene que ambos se encuentran en el trámite de calificación de responsabilidad civil en calidad de actores civiles, como enfatiza en el recurso interpuesto, por lo que cita el artículo 57 del Código de Procedimiento Penal anterior, faculta apersonarse como actor civil, para reclamar la reparación de daños y perjuicios, esto en razón a la diferenciación que se tiene en el artículo 13 del Código de Procedimiento Penal anterior que determina: "La acción civil podrá interponerse tanto por el ofendido como por el damnificado. El primero como parte civil y el segundo como actor civil, a efecto de hacer valer la acción reparadora del daño", por lo que los demandados actúan en el presente proceso de responsabilidad civil en calidad de actores civiles