Auto Supremo AS/0113/2008
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0113/2008

Fecha: 07-May-2008

Señala que en conocimiento de la sentencia detallada precedentemente, Favian Quispe Ari, apoderado de los


Señala que en conocimiento de la sentencia detallada precedentemente, Favian Quispe Ari, apoderado de los adjudicatarios de la Policía Nacional y personas particulares, Braulio Uruchi Limachi y Benito Torres Cusi, como Presidente y Vicepresidente de la Junta Vecinal del Barrio San Juan de Chijini, interpusieron en su contra, demanda ordinaria por fraude procesal, acción negatoria, nulidad y cancelación de derechos, resarcimiento de daños y perjuicios, demanda que no debió ser admitida por cuanto un Juez de Partido carece de competencia para conocer la causa y anular una sentencia plenamente ejecutoriada pronunciada por su similar, existiendo por ello también falta de jurisdicción y competencia, así como falta de personería en uno de los demandantes que funge como apoderado de la Policía Nacional y personas particulares, toda vez que nunca reclamó la venta efectuada a funcionarios de esta institución ni a personas particulares, reclamando únicamente la apócrifa venta de sus terrenos a ex trabajadores de la Mina Matilde, como tampoco transfirió sus terrenos a personas particulares