Auto Supremo AS/0275/2008
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0275/2008

Fecha: 23-May-2008

Que, contra la resolución de vista, el Director de la entidad demandada, interpone recurso de


Apelada la sentencia por ambas partes, la Sala Civil, Social de Familia, Niño, Niña y Adolescente de la Corte Superior del Distrito Judicial de Pando, pronunció el auto de vista Nº 37 de 28 de abril de 2004, cursante a fs. 50-51 revocando la sentencia apelada, declarando probada la demanda de fs. 13, sin costas; disponiendo que la entidad demandada reintegre a la liquidación y acuerdo suscrito en fecha 24 de abril de 2003 de fs. 44, el monto de Bs. 29.292.-

Que, contra la resolución de vista, el Director de la entidad demandada, interpone recurso de casación (fs. 54), aduciendo que el único bono de salubridad al que tendría derecho el actor sería de 1 mes y 18 días por duodécimas; que teniendo en cuenta que el retiro se produjo el 2 de abril de 2002 y solicita su pago el 12 de febrero del presente año, este derecho se encuentra extinguido conforme disponen los arts. 120 de la L.G.T. y 163 de su D.R