Resolución de la que, como se tiene referido, el demandado, interpone el recurso de casación
Resolución de la que, como se tiene referido, el demandado, interpone el recurso de casación en el fondo y en la forma, alegando que el auto de vista recurrido, no analizó los fundamentos que se expuso en la contestación, a la demanda sobre el pago de los beneficios sociales que no le correspondían al actor, porque no se tomó en cuenta las pruebas documentales y testifícales aportadas durante el termino de prueba y tampoco se consideró el recurso de apelación donde se demostró que el actor fue retirado de su trabajo por encontrarse en estado de ebriedad, extremo este que fue denunciado a la Dirección Departamental del Trabajo
- AUTO SUPREMO Nº 281 - Social Sucre, 27 de mayo de 2008
- En apelación deducida por el recurrente, la Sala Social y Administrativa de la Corte Superior
- Resolución de la que, como se tiene referido, el demandado, interpone el recurso de casación
- Finalmente pide que el Tribunal Supremo case el auto de vista recurrido y revoque la
- CONSIDERANDO II: Que, conforme ha establecido la amplia jurisprudencia del Tribunal Supremo, el recurso de
- Es decir, que el recurrente, no precisó de qué manera se hubiera incurrido en la
- Consecuentemente, el recurso ha sido planteado con inconsistencia legal y con prescindencia conceptual y legal
- Se regula el honorario profesional de abogado en la suma de Bs
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Dr. Jaime Ampuero García
- Sucre, 27 de mayo de 2008
- Proveído: Ricardo Medina Stephens.- Secretario de Cámara.
