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    Auto Supremo AS/0282/2008
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0282/2008

    Fecha: 28-May-2008

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    • AUTO SUPREMO Nº 282 - Social Sucre, 28 de mayo de 2008
    • CONSIDERANDO I: Que, en conocimiento del proceso el Juez Tercero del Trabajo y Seguridad Social
    • Apelada la Sentencia a Fs
    • CONSIDERANDO II: Que, del examen y conocimiento del recurso con relación a los antecedentes del
    • Funda el recurso en examen acusando que el Ad quem, al revocar la Sentencia, ha
    • La carga de la prueba -continúa- corresponde al empleador de acuerdo con los arts
    • La interpretación que efectúa el Auto de Vista para la exclusión del funcionario público al
    • Ningún funcionario del Batallón es remunerado por el Tesoro Nacional, todos dependen de patrones particulares
    • Concluye formalizando la interposición del recurso en el fondo del Auto de Vista de Fs
    • CONSIDERANDO III: Que, del examen y relación anteriores resulta evidente que el recurso esta limitado
    • Consiguientemente, institucionalmente está sujeta a los mecanismos de control y fiscalización del Estado, conforme prevé
    • De donde se concluye que el origen de los recursos para el pago de remuneraciones
    • Lo que implica que el nexo jurídico se estableció para la prestación de servicios en
    • De donde se concluye no ser evidentes las infracciones acusadas en el recurso y, particularmente
    • POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Primera de la Corte Suprema de Justicia de
    • Para resolución, según convocatoria de fs
    • Fue de voto disidente la Sra. Ministra Beatriz Sandoval de Capobianco
    • Regístrese, notifíquese y devuélvase
    • Dra. Beatriz Sandoval de Capobianco
    • Proveído: Ricardo Medina Stephens.- Secretario de Cámara.

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