Auto Supremo AS/0282/2008
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0282/2008

Fecha: 28-May-2008

Ningún funcionario del Batallón es remunerado por el Tesoro Nacional, todos dependen de patrones particulares


Ningún funcionario del Batallón es remunerado por el Tesoro Nacional, todos dependen de patrones particulares que pagan al comandante de turno y, este desembolsa los salarios apartando la plusvalía del esfuerzo laboral de aquellos; sin que ninguno de estos esté insertado en el Presupuesto Nacional