Que para los efectos de nueva resolución sobre al base de la argumentación referida, cabe
Que para los efectos de nueva resolución sobre al base de la argumentación referida, cabe señalar que no es suficiente esa fundamentación, porque las reglas contenidas en los artículos 416 y 417 del Código de Procedimiento Penal disponen que, para los fines de admisión de los recursos de casación, el respectivo petitorio procede únicamente para impugnar Autos de Vista contrarios a resoluciones pronunciadas por otras Cortes de Distrito o por la Corte Suprema de Justicia con doctrina legal aplicable al caso en cuestión, razón por la cual en los memoriales de recursos de casación los impetrantes deben señalar la contradicción existente en términos precisos
- VISTOS: el recurso de casación interpuesto el 30 de enero de 2007 (fojas 134 a
- CONSIDERANDO: que iniciado ese proceso en mérito al Auto de Apertura de Juicio de 16
- Que habiendo el sancionado interpuesto recurso de apelación restringida contra esa resolución, el Tribunal de
- Que dicha impugnación fue expuesta con el argumento de que hubo en esa decisión incorrecta
- Que para los efectos de nueva resolución sobre al base de la argumentación referida, cabe
- Que en atención a que el mencionado recurso fue presentado sin sujeción a esas normas,
- POR TANTO: la Sala Penal Segunda de la Corte Suprema de Justicia de la Nación,
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
