Auto Supremo AS/0212/2008
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0212/2008

Fecha: 27-Ago-2008

POR TANTO: La Sala Plena de la Excma


POR TANTO: La Sala Plena de la Excma. Corte Suprema de Justicia de la Nación, con la facultad que le reconocen el numeral 21) del artículo 55 de la Ley de Organización Judicial y los artículos 557 y 558 del Código de Procedimiento Civil, HOMOLOGA la sentencia de divorcio absoluto, pronunciada por la Corte del Distrito 303, Distrito Judicial del Condado de Dallas Texas de los Estados Unidos de Norte América, y ordena su cumplimiento por el Juez de Partido de Familia de Turno de la ciudad de La Paz, quien dispondrá la cancelación de la partida de matrimonio ante la Oficialía Nº 1509, Libro Nº 2-97, Partida Nº 99, Folio Nº 99, con notificación simultánea a la Dirección Departamental del Registro Civil de la ciudad de La Paz, para que se proceda con similar cancelación en sus archivos