Auto Supremo AS/0263/2008
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0263/2008

Fecha: 07-Ago-2008

El art


El art. 31 de la Ley S.A.F.C.O., citado en el auto de vista determina que será civilmente responsable el superior jerárquico que hubiere autorizado el uso indebido de bienes o recursos, y en autos el recurrente como Director de Finanzas nunca fue -indica-, el superior jerárquico de Alejandro Rodríguez Céspedes, ni fue el servidor público que hubiese ejecutado el acto para responder civilmente de lo que ilegalmente se le acusa