CONSIDERANDO: Que, del análisis de antecedentes se advierte que la conducta de la procesada no
CONSIDERANDO: Que, del análisis de antecedentes se advierte que la conducta de la procesada no se adecua al tipo penal de tráfico de sustancias controladas previsto por el art. 48 de la Ley 1008, cuyo elemento caracterizador es la "comercialización", ya que la procesada fue aprehendida luego de abandonar la bolsa que portaba y que contenía la droga, no encontrándosele en actitud de transacción, por causas ajenas a su voluntad, quedando demostrado que la encausada adecuó su conducta al tipo penal de tráfico de sustancias controladas en relación al art. 8 del Código Penal, es decir en grado de tentativa, y, no equivocadamente como sostiene el Fiscal recurrente, en consecuencia los tribunales de instancia - a quo y ad quem - realizaron una adecuada subsunción del delito en consideración a los hechos fácticos probados en el proceso, siendo aplicado a cabalidad los arts. 3 (presunción de inocencia), 4 (acciones), 5 (acción penal), 133 (fundamento del cuerpo del delito), 135 (apreciación de la prueba), 242 (reglas y contenido de la sentencia) y 243 (sentencia condenatoria) del Código de Procedimiento Penal, por ende no siendo evidente la infracción de los arts. 8 del Código Penal y 48 de la Ley 1008 acusadas por el Ministerio Público, de modo que no se ha ingresado en las causales de casación previstas por los incs. 1), 2) y 4) del art. 298 del citado Código Adjetivo Penal
- CONSIDERANDO: Que, el Tribunal del Juzgado Primero de Partido de Sustancias Controladas de la ciudad
- Que, elevado el fallo en recurso de apelación planteado por el Fiscal de sustancias controladas,
- CONSIDERANDO: Que, el Fiscal de materia de sustancias controladas en su recurso de casación de
- CONSIDERANDO: Que, del análisis de antecedentes se advierte que la conducta de la procesada no
- Que, en cuanto a materia de recursos se trata, en virtud al principio de congruencia,
- POR TANTO: La Sala Penal Primera de la Corte Suprema de Justicia, en ejercicio de
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- RELATOR MINISTRO: Dr. Teófilo Tarquino Mújica
- Dr. Ángel Irusta Pérez
- Libro Tomas de Razón 1/2008
