Ahora bien, de la revisión del expediente se advierte que el Tribunal ad quem con
Ahora bien, de la revisión del expediente se advierte que el Tribunal ad quem con el fundamento de que el recurso de apelación de fs. 127 planteado por la parte actora no cumple con lo dispuesto en los arts. 205 del Cód. Proc. Trab. y 227 del Cód. Pdto. Civ., confirma la sentencia apelada, imponiéndole costas en ambas instancias
- AUTO SUPREMO Nº 329 - Social Sucre, 12 de agosto de 2008
- CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso laboral, el Juez Segundo del Trabajo y Seguridad Social
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- Consiguientemente, lo resuelto por el Tribunal de alzada en sentido de que el recurso de
- Consiguientemente, al constituir las normas procesales de orden público y de cumplimiento obligatorio por impero
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