Consiguientemente, lo resuelto por el Tribunal de alzada en sentido de que el recurso de
Consiguientemente, lo resuelto por el Tribunal de alzada en sentido de que el recurso de apelación interpuesto por el actor carecía de agravios, no responde a la realidad procesal, sino que debió ingresar a resolver el fondo del litigio, pues lo contrario, es decir, dar validez a la resolución de alzada, importaría, sobretodo, atentar contra el debido proceso, el derecho a la defensa, el derecho recursivo y a la tutela judicial efectiva consagrados en el art. 16 de la C.P.E.; situación que no puede de ninguna manera consentir este Máximo Tribunal de Casación
- AUTO SUPREMO Nº 329 - Social Sucre, 12 de agosto de 2008
- CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso laboral, el Juez Segundo del Trabajo y Seguridad Social
- Que, contra el auto de vista, el demandante interpone recurso de casación de fs. 146-148
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