Que, en este marco legal se concluye que el Auto de Vista, se ajusta a
Que, en este marco legal se concluye que el Auto de Vista, se ajusta a las normas legales en vigencia, no se observa violación de norma legal alguna, por el contrario, realiza una correcta valoración y apreciación de la prueba que se adjunta al proceso, por consiguiente el tribunal de alzada ha obrado sin incurrir en las violaciones acusadas en el recurso, corresponde en definitiva resolver conforme lo establece el Art. 271, numeral 2) y 273, del Código de Procedimiento Civil, con la facultad remisiva prevista en el Art. 297 del Código Tributario
- MINISTRO RELATOR: Dra. Beatriz Alcira Sandoval Bascopé
- CONSIDERANDO I: Que el Juez Segundo Administrativo, Coactivo Fiscal y Tributario, del Distrito Judicial de
- En grado de Apelación, presentado por la administración tributaria, por Auto de Vista Nº 157/2006
- Este fallo motivó el recurso de casación, cursante a fs
- El recurrente manifiesta también, la violación al art
- Ha manifestado el recurrente que tanto la sentencia como el auto de vista impugnado, violan
- Finalmente, solicita se case en parte la Resolución Nº 157/06 SSA-I, cursante a fs
- CONSIDERANDO II: Que, así planteado el recurso, analizando de forma exhaustiva si lo recurrido es
- 5)
- Que, en este marco legal se concluye que el Auto de Vista, se ajusta a
- Para la resolución de la causa, según convocatoria de fs
- Relator:Ministro Dra. Beatriz Alcira Sandoval Bascopé
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Dr. Julio Ortiz Linares
- Proveído: Ma. del Rosario Vilar G
- Secretaria de Cámara de la Sala Social y Adm. II.
