En efecto, en el sub lite, si bien anunció la interposición del recurso de casación
En efecto, en el sub lite, si bien anunció la interposición del recurso de casación en el fondo, empero las denuncias formuladas no se subsumen en ninguno de los casos previstos en el art. 253 del Código de Procedimiento Civil, es decir, la recurrente no especificó si la resolución de vista recurrida contenía disposiciones en las que se violaban, interpretaban erróneamente o aplicaban indebidamente las leyes; tampoco precisó si dicho fallo contiene disposiciones contradictorias o si en la apreciación de las pruebas se incurrió en error de derecho o en error de hecho
- PARTES: Prefectura del Departamento de Oruro c/ ECOM Ltda
- MINISTRO RELATOR: Dr. Hugo R. Suárez Calbimonte
- CONSIDERANDO I: Que tramitado el proceso coactivo fiscal antes señalado, el Juez en materia Administrativa,
- Deducida la apelación por la coactivada Catalina Bellot Cárdenas y el coactivado Edwin Ruegenbert Jerez,
- A raíz del fallo anteriormente relacionado, Catalina Bellot Cárdenas, mediante memorial de fs
- Con estos argumentos solicitó "se case o anule bajo las formalidades de ley" (sic)
- CONSIDERANDO II: Que la jurisprudencia sentada por este tribunal, ha establecido de manera reiterada que
- Por las circunstancias anotadas, la forma de resolución para cada uno de los recursos también
- CONSIDERANDO III: En el caso de autos, es evidente que la recurrente no tuvo en
- En efecto, en el sub lite, si bien anunció la interposición del recurso de casación
- En efecto, la denuncia formulada respecto de la infracción de los arts
- En definitiva, el recurso planteado constituye una relación de antecedentes de la causa sin que
- Finalmente, como corolario de la inadecuada forma de interposición del recurso, la recurrente de manera
- En consecuencia, siendo evidente la inobservancia de la adecuada técnica en la interposición del recurso
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Excma
- Relator:Ministro Dr. Hugo R. Suárez Calbimonte
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado: Dr. Hugo R. Suárez Calbimonte
- Dr. Julio Ortiz Linares
- Secretaria de Cámara de la Sala Social y Adm. II.
