En efecto, la denuncia formulada respecto de la infracción de los arts
En efecto, la denuncia formulada respecto de la infracción de los arts. 1289, que regula sobre la fuerza probatoria de los documentos públicos, 1297, que dispone sobre la eficacia del documento privado reconocido, ambos del Código Civil o los arts. 374 que cataloga los medios legales de prueba y 398 que regula sobre la obligación de presentar prueba documental, del Código de Procedimiento Civil, son preceptos que están directamente ligados a la valoración y compulsa del elenco probatorio que es inherente a la actividad de los juzgadores de instancia, incensurable en casación cuando no se cumple con lo previsto en la norma del art. 253.3) del adjetivo civil tantas veces citados, esto es, señalar con precisión, si existe error de hecho o de derecho en la valoración del acerbo probatorio
- PARTES: Prefectura del Departamento de Oruro c/ ECOM Ltda
- MINISTRO RELATOR: Dr. Hugo R. Suárez Calbimonte
- CONSIDERANDO I: Que tramitado el proceso coactivo fiscal antes señalado, el Juez en materia Administrativa,
- Deducida la apelación por la coactivada Catalina Bellot Cárdenas y el coactivado Edwin Ruegenbert Jerez,
- A raíz del fallo anteriormente relacionado, Catalina Bellot Cárdenas, mediante memorial de fs
- Con estos argumentos solicitó "se case o anule bajo las formalidades de ley" (sic)
- CONSIDERANDO II: Que la jurisprudencia sentada por este tribunal, ha establecido de manera reiterada que
- Por las circunstancias anotadas, la forma de resolución para cada uno de los recursos también
- CONSIDERANDO III: En el caso de autos, es evidente que la recurrente no tuvo en
- En efecto, en el sub lite, si bien anunció la interposición del recurso de casación
- En efecto, la denuncia formulada respecto de la infracción de los arts
- En definitiva, el recurso planteado constituye una relación de antecedentes de la causa sin que
- Finalmente, como corolario de la inadecuada forma de interposición del recurso, la recurrente de manera
- En consecuencia, siendo evidente la inobservancia de la adecuada técnica en la interposición del recurso
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Excma
- Relator:Ministro Dr. Hugo R. Suárez Calbimonte
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado: Dr. Hugo R. Suárez Calbimonte
- Dr. Julio Ortiz Linares
- Secretaria de Cámara de la Sala Social y Adm. II.
