CONSIDERANDO II: Que, así planteado el recurso, pese a que no cumple a cabalidad con
CONSIDERANDO II: Que, así planteado el recurso, pese a que no cumple a cabalidad con la técnica procesal exigida para este tipo de medios de impugnación procesal, pues fundamenta que interpone recurso de casación en el fondo, pero sin embargo, contradictoriamente en el primer y cuarto punto del recurso y en el otrosí del referido memorial, solicita la nulidad de obrados en aplicación de los arts. 252 del Cód. Pdto. Civ. y 15 de la L.O.J., advirtiéndose que desconoce la diferente naturaleza jurídica del recurso de casación en el fondo respecto del recurso de casación en la forma o nulidad propiamente dicha. Sin embargo de lo anotado, resolviendo el mismo, se concluye lo siguiente:
1.- Previa revisión minuciosa del expediente, en cumplimiento de las previsiones contenidas en el art. 15 de la L.O.J., no corresponde dar aplicación a las previsiones contenidas en el art. 252 del Cód. Pdto. Civ., conforme solicita el recurrente, porque tanto el memorial de demanda, como los documentos adjuntos a la misma, fueron debidamente legalizados por los funcionarios que correspondían, pues se advierte que la acción fue intentada contra todas las personas consignadas en el Dictamen de Responsabilidad Civil Nº CGR-1/D-031/00, y posteriormente desglosada en grupos de acuerdo a los cargos establecidos contra los ahora coactivados
- PARTES: Alcaldía Municipal de Sacaba c/ Walter Heredia Soliz y otros
- MINISTRO RELATOR: Dr. Julio Ortiz Linares
- CONSIDERANDO I: Que tramitado el proceso, sobre la base de los informes de auditoria especial
- En apelación deducida únicamente por el coactivado Alexander Sassha Torrico Tumaev (fs
- Esta determinación, motivó el recurso de casación en el fondo, interpuesto por el coactivado Alexander
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- CONSIDERANDO II: Que, así planteado el recurso, pese a que no cumple a cabalidad con
- Esta responsabilidad solidaria, en aplicación del art
- Relator:Ministro Dr. Julio Ortiz Linares
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado: Dr. Julio Ortiz Linares
- Dr. Hugo R. Suárez Calbimonte
- Secretaria de Cámara de la Sala Social y Adm. II.
