CONSIDERANDO I: Que, en el caso mencionado, el Juez del Trabajo y Seguridad Social de
DISTRITO: Potosí
PARTES: Virginia Chambi Mamani c/ Honorable Alcaldía Municipal de Chaqui
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VISTOS: El recurso de casación en el fondo de fs. 101-102 interpuesto por Virginia Chambi Mamani de Guzmán, contra el Auto de Vista Nº 84/2004 de 15 de noviembre de 2004, cursante a fs. 98-99, pronunciado por la Sala Social y Administrativa de la Corte Superior del Distrito Judicial de Potosí, en el proceso sobre "cancelación de servicios", seguido por la recurrente contra la H. Alcaldía Municipal de Chaquí; sus antecedentes, las leyes acusadas de infringidas, lo alegado por las partes, el dictamen fiscal de fs. 111-112, y
CONSIDERANDO I: Que, en el caso mencionado, el Juez del Trabajo y Seguridad Social de la ciudad de Potosí dictó la Sentencia Nº 41/2004 de 14 de agosto de 2004 cursante a fs. 63-66, por la que declaró PROBADA la demanda, disponiendo que el Municipio demandando, cancele a favor de la actora la suma de Bs. 1.503.-, por concepto de servicios prestados
- AUTO SUPREMO Nº 453 - Social Sucre, 22 de septiembre de 2008
- CONSIDERANDO I: Que, en el caso mencionado, el Juez del Trabajo y Seguridad Social de
- En grado de apelación, la Sala Social y Administrativa de la Corte Superior del Distrito
- CONSIDERANDO II: Que, antes de considerar los fundamentos del recurso, el Tribunal Supremo de Justicia
- Que, en la especie, se evidencia que la actora persigue el pago de Bs
- La facticidad así establecida, muestra con meridiana claridad la manifiesta naturaleza civil de la pretensión,
- Conforme al art
- Asimismo, la existencia de una relación de dependencia laboral se podrá descartar cuando se advierta
- En el caso presente, los hechos expuestos por la actora vistos desde la óptica del
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Primera de la Corte Suprema de Justicia de
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Dra. Beatriz Sandoval de Capobianco
- Proveído: Ricardo Medina Stephens.- Secretario de Cámara.
