Auto Supremo AS/0465/2008
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0465/2008

Fecha: 29-Sep-2008

Dicho fallo motivó, que Guillermo Arroyo Rodríguez Gerente General del Servicio Autónomo Municipal de Agua


En grado de apelación, a instancia de la representante de la Empresa SAMAPA de fs. 128-129, la Sala Social y Administrativa Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, a través del auto de vista Nº 212/2004- SSA -II de 25 de septiembre de 2004 de fs. 139, anula obrados hasta fojas 116 vuelta inclusive y dispone pasar obrados al juez siguiente en numero, quien deberá regularizar el tramite y pronunciar nueva sentencia.

Dicho fallo motivó, que Guillermo Arroyo Rodríguez Gerente General del Servicio Autónomo Municipal de Agua Potable y Alcantarillado "SAMAPA", interponga el recurso de nulidad y casación de fojas 142-143; alegando:

Que no obstante que la resolución recurrida determina la nulidad de obrados hasta el estado de dictarse nueva sentencia, acusando en la mencionada resolución la inobservancia absoluta de las normas adjetivas o de procedimiento y que deberían haberse observado y que existen otras nulidades mas graves porque la acción la dirige contra de SAMAPA y la Empresa Aguas del Illimani S.A., ambas empresas completamente diferentes, con personería jurídica propia y diferentes representantes legales, claramente independientes con el demandante, que el juez a quo admite la demanda solo contra de SAMAPA, no así en contra de aguas del illimani, acción que violenta o quebranta lo establecido en el arts. 62, 71 del C.P.T. y 90 del C.P.C., que por lo expuesto y acusando la infracción de las referidas normas de procedimiento corresponde determinar la nulidad de obrados hasta el auto de admisión de demanda de fs. 22 de obrados