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    Auto Supremo AS/0467/2008
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0467/2008

    Fecha: 29-Sep-2008

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    • AUTO SUPREMO Nº 467 - Social Sucre, 29 de septiembre de 2008
    • CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso laboral, el Juez Tercero del Trabajo y Seguridad Social
    • En grado de apelación, deducida por la parte demandada, por auto de vista Nº 509
    • Que, contra el referido auto de vista, el apoderado de la empresa demandada interpone recurso
    • CONSIDERANDO II: Que, conforme la amplia jurisprudencia del Tribunal Supremo, el recurso de casación es
    • Que, de la revisión de los recursos, se colige que el apoderado recurrente no ha
    • POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Primera de la Corte Suprema de Justicia de
    • Se regula el honorario profesional de abogado en la suma de Bs
    • Regístrese, notifíquese y devuélvase
    • Dra. Beatriz Sandoval de Capobianco
    • Proveído: Ricardo Medina Stephens.- Secretario de Cámara.

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