POR TANTO: La Sala Penal Primera de la Corte Suprema de Justicia, de acuerdo con
POR TANTO: La Sala Penal Primera de la Corte Suprema de Justicia, de acuerdo con el requerimiento fiscal de fs. 3465 a 3466, declara HABER LUGAR A LA EXTINCIÓN DE LA ACCION PENAL instaurado a favor de Juan Líder Paz Castro por los delitos de falsedad material y uso de instrumento falsificado, previstos y sancionados por los arts. 198 y 203 del Código Penal, que se siguió en su contra a querella de Irma Padilla Pardo representante de la Federación Sindical de Trabajadores de Salud, debiendo cesar todas las medidas que se impusieron en su contra y debiendo procederse al correspondiente archivo de obrados de la presente causa penal
- VISTOS: La remisión dispuesta por este tribunal a efectos que el Ministerio Público se pronuncie
- En ese entendido, el Ministerio Público, invocando la Sentencia Constitucional Nº 0101/04 y Auto complementario
- CONSIDERANDO: Que, el órgano jurisdiccional debe analizar en términos objetivos y verificables los orígenes o
- CONSIDERANDO: Que, si bien el presente proceso en su tramitación ha excedido el máximo tiempo
- Asimismo, se tienen que los querellantes por memorial de fs
- Remitido el proceso a la fase del plenario por oficio de fs
- Tramitada esta fase, la sentencia de fs
- Enviado el proceso al plenario de la causa, para que se dicte nueva sentencia, la
- Como se podrá advertir que desde la fecha del inicio del proceso, han transcurrido hasta
- POR TANTO: La Sala Penal Primera de la Corte Suprema de Justicia, de acuerdo con
- Regístrese y hágase saber
- Fdo. Dr. Teófilo Tarquino Mújica
- Dr. Ángel Irusta Pérez
- Cámara de la Sala Penal Primera
- Libro Tomas de Razón 1/2009
