Auto Supremo AS/0007/2009
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0007/2009

Fecha: 28-Ene-2009

Que las solicitudes de extinción de la acción penal fueron expuestas por los impetrantes señalando


Que las solicitudes de extinción de la acción penal fueron expuestas por los impetrantes señalando que, al momento en que presentaron su solicitud, transcurrieron más de tres años desde el 12 de abril de 2004 (fojas 136 a 138) en que el Ministerio Público formuló contra ellos la correspondiente imputación formal, sosteniendo que, por esa razón, se debe aplicar la disposición contenida en el artículo 133 del Código Penal que señala que todo proceso tendrá una duración máxima de tres años contados desde el primer acto del procedimiento, salvo una situación de rebeldía