Que, contra la resolución de vista, el representante legal de la Compañía demandada, interpone recurso
Que, contra la resolución de vista, el representante legal de la Compañía demandada, interpone recurso de casación o nulidad (fs. 159-160), limitándose a relacionar los antecedentes ocurridos dentro de la causa bajo el rótulo de "análisis de hecho y de derecho", no existiendo ningún fundamento ni de hecho ni de derecho, tampoco identifica alguna norma sustantiva o adjetiva como supuestamente infringida por el Tribunal de alzada; agregándose a ello, un petitorio incongruente por cuanto solicita indistintamente "casar o anular dicho auto, disponiendo la revocatoria de la sentencia de primera instancia", defectos que impiden abrir la competencia de este Máximo Tribunal
- AUTO SUPREMO Nº 026 - Social Sucre, 28 de enero de 2009
- PARTES: Jesús Rafael Segales Reyes c/ COIMSUD S.R.L
- CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso laboral, la Jueza Sexto del Trabajo y Seguridad Social
- En grado de apelación deducido por la parte demandada, la Sala Social y Administrativa Tercera
- Que, contra la resolución de vista, el representante legal de la Compañía demandada, interpone recurso
- CONSIDERANDO II: Que la abundante jurisprudencia sentada por este Tribunal estableció que el recurso de
- En ese orden, es menester precisar que la finalidad del recurso de casación en el
- En la especie, luego de la revisión prolija de antecedentes, principalmente del memorial del recurso
- Finalmente, es preciso establecer que tampoco se cumplió con lo previsto por el artículo 258
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Primera de la Corte Suprema de Justicia de
- Se regula el honorario profesional de abogado en la suma de Bs
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Fdo. Dra. Beatriz Sandoval de Capobianco
- Dr. Jaime Ampuero García
- Sucre, 28 de enero de 2009
- Proveído: Ricardo Medina Stephens.- Secretario de Cámara.
