VISTOS: Los recursos de casación en el fondo interpuestos por Juan Brun Guzmán y Margarita
VISTOS: Los recursos de casación en el fondo interpuestos por Juan Brun Guzmán y Margarita Andrade de Brun a fs. 770-775 y a fs. 779-788 en la forma por el Gobierno Municipal de la ciudad de La Paz, contra el auto de vista Nº 396/2005 de 22 de agosto de 2005, pronunciado por la Sala Civil Tercera de la R. Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, dentro del ordinario sobre mejor derecho de propiedad, nulidad de transferencia, cancelación de partidas y rehabilitación de partidas en Derechos Reales seguido por el Gobierno Municipal de la ciudad de La Paz, contra Jorge Bacarreza Reguerín, Alicia Pérez de Camberos, Juan Brun Guzmán y Margarita Andrade de Brun los antecedentes procesales, dictamen del Sr. Fiscal General de la República, y :
CONSIDERANDO: Que, el auto de vista Nº 396/2005 que sale de fs. 766 a 767, anula obrados hasta fs. 282 vlta., inclusive, disponiendo que la juez a quo aplique con la amplitud al derecho de defensa e igualdad jurídica y efectos para cada una de las partes, actor y demandados, lo dispuesto por los arts. 353-I y 371 del Código de Procedimiento Civil
- de propiedad y otros
- PARTES: Gobierno Municipal de La Paz c/ Juán Brun Guzmán y otros
- MINISTRA RELATORA: Dra. Emilse Ardaya Gutiérrez
- VISTOS: Los recursos de casación en el fondo interpuestos por Juan Brun Guzmán y Margarita
- Resolución de vista que fue impugnada en casación tanto por los demandados Juan Brun Guzmán
- Los primeros, recurren en el fondo, alegando violación del art
- A su tiempo, el Gobierno Municipal de la ciudad de La Paz, interpone recurso de
- CONSIDERANDO: Que, de la revisión de los obrados en función a los recursos de casación
- Que, sin embargo de lo determinado en el precitado Auto Supremo de fs
- Por lo expuesto, corresponde que el tribunal ad quem cumpla a cabalidad lo determinado en
- POR TANTO: La Sala Civil de la Excma
- Regístrese y devuélvase
- Firmado : Dra. Emilse Ardaya Gutiérrez
- Dra. Rosario Canedo Justiniano
- Proveído : Sucre, 28 de enero de 2009
- Patricia Parada Loras
- Secretaria de Cámara de la Sala Civil.
