El art
Recurso de casación en el fondo
El art. 236 del Código de Procedimiento Civil, que se alega como violado por el recurrente, dispone expresamente que, el auto de vista deberá circunscribirse a los puntos resueltos por el inferior y que hubieran sido objeto de la apelación y fundamentación a que se refiere el art. 227 del mismo cuerpo legal; disponiendo el art. 15 de la Ley de Organización Judicial, que los tribunales y jueces de alzada en relación con los de primera instancia y los de casación respecto de aquellos, tienen la facultad de fiscalizar los procesos que llegan a su conocimiento a objeto de verificar si en ellos se observaron las formas esenciales que hacen eficaz a un proceso de conocimiento y fundamentalmente que las resoluciones que contengan, sean útiles en derecho y guarden la seguridad jurídica que las partes buscan a través de aquél, para aplicar en su caso las sanciones pertinentes
- VISTOS: El recurso de casación en el fondo de fs
- Contra la mencionada resolución, Hugo Sanabria T
- Contra la resolución de segundo grado, Juan Francisco Flores Flores, en representación de Universidad Autónoma
- CONSIDERANDO II
- El art
- En ese sentido, en el caso de autos el tribunal de apelación obró con la
- En ese entendido corresponde manifestar que el auto de vista impugnado, contiene efectos anulatorios en
- Con estos antecedentes corresponde referir que el tribunal de apelación aplicó correctamente las normas acusadas
- Preceptos aplicados en concordancia con el art
- Consiguientemente, este Tribunal, no encuentra violación alguna de las normas jurídicas acusadas como violadas en
- POR TANTO: La Sala Civil Segunda de la Excelentísima Corte Suprema de Justicia de la
- Se regula el honorario de abogado en la suma de Bs
- Para sorteo y resolución, interviene la señora Ministra Rosario Canedo Justiniano, Presidenta de la Sala
- RELATORA MINISTRA: Dra. Rosario Canedo Justiniano
- Regístrese, notifíquese, y devuélvase
- Proveido, Dra. Gladys Segovia García, Secretaria de Cámara
