Para sorteo y resolución, interviene el señor Ministro Presidente de la Sala Civil Segunda, Dr
Se apercibe a los vocales que suscriben el auto de 9 de agosto de 2006 de fs. 2655, por el que conceden el recurso, en franca vulneración e infracción del art. 262-3) del Cód. Pdto. Civ., atentando al principio de continuidad y celeridad procesal con que deben ejecutarse las sentencias pasadas en autoridad de cosa juzgada, con la advertencia de remitirse antecedentes ante el Consejo de la Judicatura en caso de reincidencia
Para sorteo y resolución, interviene el señor Ministro Presidente de la Sala Civil Segunda, Dr. Julio Ortiz Linares, según convocatoria que consta de fs. 2720 a 2721 vta., del legajo procesal
- de contrato
- PARTES: CONALCA c/ Banco Económico S.A
- CONSIDERANDO I:Que, el Juez de Partido Noveno en lo Civil y Comercial de la ciudad
- En grado de apelación, deducida por el abogado Freddy Verduguez Tórrez, mediante Auto de Vista
- CONSIDERANDO II
- Al efecto, el art
- Que, en el caso venido en examen, ha sido interpuesto el recurso de casación impugnando
- Consiguientemente, siendo innecesarias otras consideraciones, corresponde resolver el recurso planteado, dando aplicación a la previsión
- POR TANTO:La Sala Civil Primera de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, en
- Para sorteo y resolución, interviene el señor Ministro Presidente de la Sala Civil Segunda, Dr
- MINISTRA RELATORA Dra. Rosario Canedo Justiniano
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado : Dra. Rosario Canedo Justiniano
- Dr. Julio Ortiz Linares
- Proveído : Sucre, 7 de octubre de 2009
- Secretaria de Cámara de la Sala Civil Segunda
- (Suplencia Legal)
