CONSIDERANDO: que Beatriz Dávalos Carrillo manifestó que se pueden advertir en la sentencia los defectos
CONSIDERANDO: que Beatriz Dávalos Carrillo manifestó que se pueden advertir en la sentencia los defectos concernientes a errónea aplicación de la ley sustantiva, a insuficiente fundamentación, a defectuosa valoración de la prueba e incongruencia entre la acusación y la sentencia previstos respectivamente, en los numerales 1), 5), 6) y 11) del artículo 370 del Código de Procedimiento Penal
- Partes: Germán Vergara García c/ José Abel López Añez, Beatriz Dávalos Carrillo y otros
- VISTOS:: los recursos de casación interpuestos por José Abel López Añez (fojas 354 a 355
- CONSIDERANDO: que para los fines de la resolución que corresponda, se cuenta con los siguientes
- 2
- 3
- 4
- 5
- 7
- CONSIDERANDO: que Beatriz Dávalos Carrillo manifestó que se pueden advertir en la sentencia los defectos
- Que Paulo Cruz Escobar sostuvo que, habiendo admitido su participación en el hecho que motivo
- Que José Abel López Añez expresó que el Tribunal de Alzada no tomó en cuenta
- Que Dennis Freddy Orellana Silvestre solicitó que se proceda a una modificación de la pena
- CONSIDERANDO: que estando presentados los cuatro indicados recursos de casación con cumplimiento de los requisitos
- II
- III
- POR TANTO: la Sala Penal Segunda de la Corte Suprema de Justicia de la Nación,
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- Firmado
- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
