Que Paulo Cruz Escobar sostuvo que, habiendo admitido su participación en el hecho que motivo
Que Paulo Cruz Escobar sostuvo que, habiendo admitido su participación en el hecho que motivo su procesamiento, debía habérsele aplicado la sanción establecida para el delito de complicidad y no por la que corresponde al delito de asesinato. Al respecto explicó: "En el juicio oral se ha establecido que mi participación se debió a promesas que me hizo la imputada Beatriz Dávalos Carrillo para contratar personas que dieran fin con la vida de su esposo, y mi persona no tuvo una participación directa en el crimen. Sin mi participación, de la misma forma se hubiera realizado el asesinato de la víctima, pues en el hecho de sangre participaron más de cuatro personas"
- Partes: Germán Vergara García c/ José Abel López Añez, Beatriz Dávalos Carrillo y otros
- VISTOS:: los recursos de casación interpuestos por José Abel López Añez (fojas 354 a 355
- CONSIDERANDO: que para los fines de la resolución que corresponda, se cuenta con los siguientes
- 2
- 3
- 4
- 5
- 7
- CONSIDERANDO: que Beatriz Dávalos Carrillo manifestó que se pueden advertir en la sentencia los defectos
- Que Paulo Cruz Escobar sostuvo que, habiendo admitido su participación en el hecho que motivo
- Que José Abel López Añez expresó que el Tribunal de Alzada no tomó en cuenta
- Que Dennis Freddy Orellana Silvestre solicitó que se proceda a una modificación de la pena
- CONSIDERANDO: que estando presentados los cuatro indicados recursos de casación con cumplimiento de los requisitos
- II
- III
- POR TANTO: la Sala Penal Segunda de la Corte Suprema de Justicia de la Nación,
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- Firmado
- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
