Auto Supremo AS/0435/2009
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0435/2009

Fecha: 17-Oct-2009

CONSIDERANDO: que el impetrante expuso como fundamentos de su petitorio los siguientes argumentos: a) No


CONSIDERANDO: que el impetrante expuso como fundamentos de su petitorio los siguientes argumentos: a) No puede aceptarse como prueba plena en su contra, el que los integrantes del Tribunal, dando crédito a las declaraciones de los hijos que él tuvo con la mujer asesinada y a lo afirmado por otros, llegaron al convencimiento de haber sido él, durante mucho tiempo y de manera harto frecuente, autor de maltrato físico a Felicidad Vargas cuando ella era su esposa hasta ocasionarle lesiones que, después de diversas denuncias en sede policial y compromisos no cumplidos en sentido de enmendar ese tipo de conducta, ocasionaron la disolución de su matrimonio por divorcio, y que tales malos tratos de extrema gravedad se reanudaron después del divorcio a consecuencia de discrepancias surgidas entre ambos por desacuerdos profundos sobre división y partición de bienes gananciales; b) Tampoco puede darse el carácter de prueba plena a las afirmaciones que todos ellos hicieron en sentido de haber amenazado él de muerte en diversas ocasiones a Felicidad Vargas; c) Es realmente irrelevante la declaración del testigo que afirmó haber visto, el día de la muerte de Felicidad Vargas, que ella subió a un vehículo de transporte público, y que, luego, vio también como él, a su vez, se embarcó en un taxi después de haber ordenado al conductor que siga al mencionado vehículo