CONSIDERANDO: Que, el recurso de casación establece como requisito, contener el fundamento jurídico, especificando las
CONSIDERANDO: Que, el recurso de casación establece como requisito, contener el fundamento jurídico, especificando las infracciones y violaciones de las normas adjetivas y sustantivas, respectivamente, además de puntualizar en que consisten dichas infracciones y violaciones; requisito que no ha sido cumplido por el recurrente. El fundamento jurídico es requisito imprescindible para que el recurso de casación sea declarado procedente, por ello, dicho recurso no ha cumplido con los requisitos exigidos por los preceptos legales incursos en los arts. 307 num. 1) con relación al 301 del Código de Procedimiento Penal de 1972, por lo que se debe declarar improcedente el recurso de casación interpuesto
- CONSIDERANDO: Que, de fs
- Que, el Imputado Ramiro Luís Huanca Choque, recurre en apelación, a fs
- CONSIDERANDO: Que, el recurrente Ramiro Luís Huanca Choque mediante memorial de fs
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- CONSIDERANDO: Que, en el recurso de casación corresponde en el marco legal, analizar los fundamentos
- Que, con respecto a los fundamentos del memorial de casación, fuera de ser un epítome
- CONSIDERANDO: Que, el recurso de casación establece como requisito, contener el fundamento jurídico, especificando las
- En sujeción al cumplimiento de requisitos exigidos para declarar procedente el recurso de casación se
- POR TANTO: La Sala Penal Primera de la Corte Suprema de Justicia de la Nación,
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- Fdo. Dr. Ángel Irusta Pérez
- Dr. Teófilo Tarquino Mújica
- Cámara de la Sala Penal Primera
- Libro Tomas de Razón 3/2009
