Auto Supremo AS/0521/2009
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0521/2009

Fecha: 16-Oct-2009

Que en el caso de autos las investigaciones penales se iniciaron a raíz de la


Que en el caso de autos las investigaciones penales se iniciaron a raíz de la querella formulada el 12 de junio de 1996 (fs. 62 a 70 vlta.), elaboradas las diligencias de policía judicial y puestas en conocimiento de la autoridad jurisdiccional, el 12 de diciembre de 1997 se dictó el Auto Inicial de Instrucción (fs. 355), fase que concluyó con Auto Final de 3 de agosto de 2001 que dispuso el procesamiento contra José Luís Camacho Camacho por los delitos de falsedad ideológica, uso de instrumento falsificado, estafa y estelionato, y Víctor Jorge Alberto Calderón Calderón por los mismos delitos con relación al art. 23 (complicidad) del Código Penal (fs. 1001 a 1004), sobre cuya base se tramitó la fase del plenario que finalizó con sentencia condenatoria de 23 de diciembre de 2003 emitida por el Juez Noveno de Partido en lo Penal de la ciudad de La Paz (fs. 1329 a 1332); sentencia que apelada por los imputados y la querellante fue confirmada por Auto de Vista N° 591 de 17 de octubre de 2005 emitido por la Sala Penal Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz (fs. 1451 a 1452 vlta.); por último, dicha resolución superior fue recurrida de casación por los imputados