Que de los fundamentos expuestos se evidencia que en la tramitación del proceso no ha
Que de los fundamentos expuestos se evidencia que en la tramitación del proceso no ha existido dilación indebida atribuible a los órganos jurisdiccionales, que el plazo de duración de la causa es razonable y se encuentra plenamente justificado, no siendo evidente la vulneración de la garantía del procesado a ser juzgado dentro un plazo razonable y sin dilaciones indebidas
- VISTOS: El requerimiento fiscal de 4 de agosto de 2006 (fojas 124 a 126), expuesto
- Que, la garantía a la tramitación del proceso dentro un plazo razonable se encuentra reconocida
- Que, la garantía de juzgamiento en plazo razonable, es coherente con la garantía a una
- Que, en el caso de autos, de la revisión de los antecedentes del proceso se
- Que, desde el inicio del proceso ha transcurrido más de ocho años, sin que la
- Que de los fundamentos expuestos se evidencia que en la tramitación del proceso no ha
- POR TANTO: La Sala Penal Primera de la Corte Suprema de Justicia de la Nación,
- Fdo. Dr. Teófilo Tarquino Mújica
- Dr. Ángel Irusta Pérez
- Cámara de la Sala Penal Primera
- Libro Tomas de Razón 3/2009
