Auto Supremo AS/0501/2009
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0501/2009

Fecha: 26-Nov-2009

POR TANTO: La Sala Penal Primera de la Corte Suprema de Justicia de la Nación,


POR TANTO: La Sala Penal Primera de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, de acuerdo con el requerimiento fiscal de fojas 445 a 448, y en cumplimiento de la Disposición Transitoria Tercera de la Ley 1970, declara NO HABER LUGAR A LA EXTINCIÓN DE LA ACCIÓN PENAL, dentro del proceso penal seguido contra Javier Contreras Quispe y Cidar Almendras Simón, debiendo proseguirse con el trámite de la causa hasta su culminación