Que contra el anotado Auto de Vista, recurre de casación únicamente el procesado Gerónimo Ochoa
Que contra el anotado Auto de Vista, recurre de casación únicamente el procesado Gerónimo Ochoa Acero (fojas 795 a 796), acusa la infracción de los artículos 135 del Código de Procedimiento Penal, 48 de la Ley 1008 con relación al artículo 8 del Código Penal, además, refiere que no se habría consumado el delito de tráfico de sustancias controladas por la oportuna intervención policial que incautó la sustancia controlada y pide que se case el auto recurrido
- CONSIDERANDO: Que, en virtud del Auto Supremo anulatorio N° 267 de 9 de junio de
- Que contra el anotado Auto de Vista, recurre de casación únicamente el procesado Gerónimo Ochoa
- CONSIDERANDO: Que, de un atento y cuidadoso análisis y valoración de las pruebas, declaraciones informativas
- Por lo expuesto es de aplicación en autos el mandato del artículo 307 numeral 2)
- POR TANTO: La Sala Penal Primera de la Corte Suprema de Justicia de la Nación,
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- Fdo. Dr. Teófilo Tarquino Mújica
- Dr. Ángel Irusta Pérez
- Cámara de la Sala Penal Primera
- Libro Tomas de Razón 3/2009
