CONSIDERANDO: Que, en el recurso de casación, corresponde en el marco legal, analizar los fundamentos
CONSIDERANDO: Que, en el recurso de casación, corresponde en el marco legal, analizar los fundamentos que fueron expuestos y la forma de resolución del Auto de Vista impugnado, estableciéndose los siguientes aspectos de orden legal y fáctico:
Que, dicho recurso, refiere que, ni el juez de primera instancia, ni el de revisión hubieren hecho una correcta valoración a los artículos 38, 39 y 40 del Código Penal, continúa con una copia de ciertos párrafos tanto de la sentencia como del auto de vista, y con ese fundamento solicita se apliquen estrictamente los art. 296 num. 2), y 298 num. 1) del Código de Procedimiento Penal, por lo que se evidencia que este recurso se contradice al referir una incorrecta valoración de los artículos del Código Penal, para solicitar se case el auto de vista por las causales de violación e infracción directa, por lo que del contenido del recurso, denota el incumplimiento de los requisitos de procedencia del artículo 301 del Código de Procedimiento Penal de 1972, de donde resulta que el recurso interpuesto debe ser declarado improcedente, máxime si se considera que la naturaleza jurídica del recurso de casación, radica en una demanda nueva de puro derecho, en el que no se pueden realizar consideraciones de los hechos; las infracciones legales y la forma en que deberían ser aplicadas las normas legales supuestamente infringidas
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- Libro Tomas de Razón 3/2009
