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2.- Esa pretensión fue impugnada por COMSUR mediante una demanda contencioso-tributaria sustanciada en el Juzgado Primero Administrativo, Coactivo Fiscal y Tributario de la ciudad de La Paz, el cual, mediante sentencia número 23 de 30 de julio de 2005, declarando probada en parte la demanda, modificó en la suma de Bs. 1.015.867 el monto a pagarse
- AUTO SUPREMO Nº 282 - Compulsa Sucre, 22 de diciembre 2009
- VISTOS: el memorial presentado el 20 de noviembre del pasado año 2009 (fojas 22 a
- CONSIDERANDO: que en el memorial de referencia se explicó que el mencionado recurso de compulsa
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- CONSIDERANDO: que efectuado el análisis pertinente, se concluye que la Juez Titular del Juzgado Primero
- POR TANTO: la Sala Social y Administrativa Primera de la Corte Suprema de Justicia de
- El Ministro Hugo R
- Para resolución, según convocatoria de fs
- Relatora: Ministra Dra. Beatriz Sandoval de Capobianco
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Fdo. Dra. Beatriz Sandoval de Capobianco
- Proveído: Carlos Bernal Tupa.- Secretario de Cámara.
