Discriminación que omite la recurrente, porque no considera que ambos recursos (tanto en el fondo
Discriminación que omite la recurrente, porque no considera que ambos recursos (tanto en el fondo como en la forma), se sustentan en causas diferentes y persiguen efectos distintos que no pueden confundirse entre si, como erróneamente se plantea
- AUTO SUPREMO Nº 286 - Social Sucre, 22 de diciembre de 2009
- CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso laboral, el Juez Segundo del Trabajo y Seguridad Social
- En grado de apelación deducida por la parte demandada, la Sala Social y Administrativa de
- Que, contra el referido auto de vista, la propietaria de la Empresa Comercial "San Juan",
- CONSIDERANDO II: Que, conforme la amplia jurisprudencia del tribunal supremo, el recurso de casación es
- Que, de la revisión del recurso, se colige que la recurrente no ha cumplido los
- Discriminación que omite la recurrente, porque no considera que ambos recursos (tanto en el fondo
- Que, en ese marco legal, el recurso interpuesto es insuficiente e injustificable, haciendo inviable su
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Primera de la Corte Suprema de Justicia de
- No se regula honorario profesional de abogado en razón de no haber sido contestado el
- Para sorteo y resolución de la causa, según convocatoria de fs
- Relatora: Ministra Dra. Beatriz Sandoval de Capobianco
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Fdo. Dra. Beatriz Sandoval de Capobianco
- Sucre, 22 de diciembre de 2009
- Proveído: Carlos Bernal Tupa.- Secretario de Cámara.
