CONSIDERANDO: que finalizado el juicio oral, el Juzgado de Partido Primero de Sustancias Controladas de
Ministro Relator: Ángel Irusta Pérez
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VISTOS: los recursos de casación interpuestos por Severo Quintín Terrazas Ayca (fojas 586 y vuelta) Justino Ugarte Sánchez, Fiscal de Sustancias Controladas (fojas 592 a 597), impugnando el Auto de Vista número 17/03 de 31 de enero de 2003 (fojas 579 a 581), pronunciado por la Sala Penal Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público, contra Macedonio Aslla Aguilar, Efraín Apaza Mamani, Santiago Zamora Quispe y el recurrente, por los delitos de transporte de sustancias controladas en grado de tentativa, sancionados por los artículos 55 de la Ley del Régimen de la Coca y Sustancias Controladas y 8 del Código Penal, el requerimiento fiscal de fojas 605 a 607; y
CONSIDERANDO: que finalizado el juicio oral, el Juzgado de Partido Primero de Sustancias Controladas de la ciudad de La Paz, dictó sentencia el 26 de abril de 2002 (fojas 505 a 516), por la que declaró a Severo Quintín Terrazas Ayca, autor del delito de transporte de sustancias controladas en grado de tentativa, sancionado por el artículo 55 de la Ley del Régimen de la Coca y Sustancias Controladas con relación al artículo 8 del Código Penal, imponiéndole la pena de 8 años de presidio, a cumplir en el penal de San Pedro de esa ciudad, al pago de 300 días multa a razón de Bs. 2 por día, costas, daños y perjuicios ocasionados a favor del Estado, a regularse en ejecución de sentencia; declaró a Macedonio Aslla Aguilar, Efraín Apaza Mamani y Santiago Zamora Quispe, autores del delito de complicidad con relación a tentativa de transporte de sustancias controladas, previstos y sancionados por los artículos 76, 55 de la Ley del Régimen de la Coca y Sustancias Controladas y 8 del Código Penal, a la pena de 5 años y 4 meses de presidio, a cumplir en la cárcel pública de San Pedro de esa ciudad, al pago de 200 días multa a razón de Bs. 2 por día, y daños y perjuicios ocasionados al Estado, calificables en ejecución de sentencia, dispuso la confiscación definitiva de la suma de $us. 1.531 incautada y los dos celulares, a favor del Estado, y ordenó la devolución definitiva del vehículo con placa de control Nº 464-DXT a su propietario, por no haberse demostrado en el hecho acusado
- Partes: Ministerio Público c/ Severo Quintín Terrazas, Macedonio Aslla Aguilar y otros
- Tentativa de Transporte de Sustancias Controldas
- CONSIDERANDO: que finalizado el juicio oral, el Juzgado de Partido Primero de Sustancias Controladas de
- Que dicha sentencia fue apelada tanto por el Ministerio Público como por los procesados Severo
- Que el Tribunal de Alzada, mediante Auto de Vista Nº 17/03 de 31 de enero
- Que contra el citado Auto de Vista igualmente todos ellos interpusieron recursos de casación en
- 2.- El Fiscal de Sustancias Controladas expuso los siguientes argumentos
- Que analizados los recursos de casación, formulados por Severo Quintín Terrazas Ayca y por el
- 2
- 3
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- Por todo lo expuesto, corresponde aplicar la disposición contenida en el numeral 2) del artículo
- POR TANTO: la Sala Penal Segunda de la Corte Suprema de Justicia, de acuerdo en
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- Firmado
- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
