POR TANTO: la Sala Penal Segunda de la Corte Suprema de Justicia, de acuerdo en
POR TANTO: la Sala Penal Segunda de la Corte Suprema de Justicia, de acuerdo en parte con el requerimiento fiscal de fojas 605 a 607 y en aplicación del numeral 1) de los artículos 59 de la Ley de Organización Judicial y 307 numeral 2) del Código de Procedimiento Penal de 1972, con la participación del Ministro Ángel Irusta Pérez, de la Sala Penal Primera, declara INFUNDADOS los recursos de casación planteados por el procesado Severo Quintín Terrazas Ayca (fojas 586 y vuelta) y el Fiscal de Sustancias Controladas (fojas 592 a 597)
- Partes: Ministerio Público c/ Severo Quintín Terrazas, Macedonio Aslla Aguilar y otros
- Tentativa de Transporte de Sustancias Controldas
- CONSIDERANDO: que finalizado el juicio oral, el Juzgado de Partido Primero de Sustancias Controladas de
- Que dicha sentencia fue apelada tanto por el Ministerio Público como por los procesados Severo
- Que el Tribunal de Alzada, mediante Auto de Vista Nº 17/03 de 31 de enero
- Que contra el citado Auto de Vista igualmente todos ellos interpusieron recursos de casación en
- 2.- El Fiscal de Sustancias Controladas expuso los siguientes argumentos
- Que analizados los recursos de casación, formulados por Severo Quintín Terrazas Ayca y por el
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- Por todo lo expuesto, corresponde aplicar la disposición contenida en el numeral 2) del artículo
- POR TANTO: la Sala Penal Segunda de la Corte Suprema de Justicia, de acuerdo en
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- Firmado
- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
